Cuatro aspectos esenciales sobre el desmonte de Bosque Nativo en la Zona Norte del Parque Nacional Los Glaciares
- Marie Anière-Martínez
- 20 mar
- 7 Min. de lectura
El pasado 12 de marzo, vecinos de El Chaltén advirtieron sobre el inicio de movimientos de suelo, tala y desmonte de bosque nativo, efectuados por personal dependiente del Parque Nacional Los Glaciares, con una retroexcavadora en el primer kilómetro de la senda Río Eléctrico - Campamento Poincenot.
El 14 de marzo, el intendente Horacio Peloso y el presidente de la Administración de Parques Nacionales, Cristian Larsen, convocan una reunión pública media hora antes de su ejecución para aclarar los objetivos del desmonte de bosque nativo. Con un discurso autoritario de rediseño de las sendas del Parque, los funcionarios públicos no presentaron los papeles de aprobación de proyecto de desmonte - aunque según la Actualización del Ordenamiento Territorial de los Bosques Nativos de la provincia de Santa Cruz, la gran mayoría del Parque Nacional Los Glaciares esté dentro de la categoría 1 de protección, la protección más alta garantizada por la ley.
En respeto de la Ley de Bosques de Argentina, y de los objetivos del propio Plan de Gestión del Parque Nacional de los Glaciares, existen marcos y obligaciones legales que APN, como administración pública del Estado, tiene la obligación de respetar.
Resumimos acá cuatro puntos críticos de incoherencias y faltas al respeto del derecho ambiental

El plan de gestión del PNLG ignorado por todo lo alto por la propia Administración de Parques Nacionales
El plan de gestión del PNLG es el gran ausente de los discursos institucionales, enteramente reemplazado por el sensacionalista y enigmático Máster Plan. Sin embargo, el Plan de Gestión del PNLG publicado en 2019 y en aplicación hasta el 2029 es la estrategia y planificación a la que está vinculada la administración, a pesar de que se integra la posibilidad de revisión y actualización.
Al ser diseñados con una visión a largo plazo, los planes de gestión en Argentina y en el mundo proporcionan un marco estratégico que permite garantizar la conservación efectiva de los valores naturales y culturales del sitio más allá de los cambios políticos y coyunturales.
Este plano está respaldado por indicadores técnicos elaborados por expertos, que permiten medir de manera precisa el progreso hacia los objetivos de conservación establecidos. Estos indicadores no solo miden el estado de la biodiversidad, sino también la eficacia de las estrategias implementadas, procesos de evaluación llevados a cabo por la institución, la autoevaluación o evaluación externa de las medidas implementadas, lo que asegura que la gestión se mantenga en el camino correcto durante varios años, incluso ante nuevos desafíos.
El plan de gestión del PNLG incluye un marco programático con una lista de 17 objetivos. Dentro de estos objetivos, se prevén una lista de acciones, que deben ser desarrolladas en forma de proyectos e iniciativas concretas para ejecutar el plan de gestión - sino no se pueden alcanzar los objetivos programados. Dentro de los objetivos, encontramos objetivos sobre manejo de fuego, de turismo, agua, y participación pública, como por ejemplo el objetivo de conformación de la Comisión Asesora Local:

Además, el proceso de conformación de los planes de gestión es esencialmente participativo, involucrando a las comunidades locales, actores sociales, científicos y autoridades. Son la piedra angular de la conservación de los valores del sitio Patrimonio Mundial.
Máster Plan vs. gestión participativa: ¿dónde quedan los objetivos reales de conservación?

El Máster Plan, al contrario, no está publicado - no sabemos cuál es su programación, ni cómo se relaciona con los objetivos del plan de manejo del Parque Nacional Los Glaciares, con la Convención del Patrimonio ni con resultados de investigaciones científicas dentro de la Zona Norte. Tampoco sabemos si es un proyecto, un documento operativo, una idea, y cómo se relaciona con el instrumento básico de la gestión del área protegida: el plan de gestión.
El concepto de Máster Plan es unilateral y podría contradecir los principios fundamentales de la planificación de áreas protegidas. Esta postura refleja la falta de integración de saberes locales y científicos en la toma de decisiones sobre el futuro del Parque Nacional Los Glaciares.
¿Dónde está la evaluación de impacto ambiental respecto a la tala del bosque nativo?
Dentro de la Administración de Parques Nacionales, existe un Reglamento de Evaluación de Impacto Ambiental. Este reglamento es otra piedra angular de la gestión de áreas protegidas.
Según el Artículo 3 del Reglamento de EIA de la APN:
“Todos los proyectos públicos o privados, consistentes en obras, instalaciones, prestaciones de servicios, aprovechamientos de recursos naturales, o cualquier otra actividad a desarrollarse en las áreas protegidas bajo jurisdicción de la APN sujetas al régimen de la Ley 22.351 requerirán, en forma previa a su autorización, la aplicación del procedimiento de evaluación de impacto ambiental previsto en el presente Reglamento.”
Esta evaluación de impacto puede tomar la forma de un Estudio de Impacto Ambiental (EsIA), un Informe de Impacto Ambiental (IIA) o un Informe Medioambiental (IMA). Los requisitos varían según el tipo de proyecto analizado.

Hasta la fecha, APN no publicó ninguna información oficial a través de la cual la comunidad se pueda informar sobre los fundamentos del proyecto, constituyendo una violación de nuestros derechos socioambientales. La institución debe seguir un procedimiento técnico-administrativo preciso, fundamento de la conservación y del Estado de Derecho.
Ley Nacional de Bosques Nativos: ¿está APN ignorando que se tratan de bosques de muy alto valor de conservación que no deben transformarse?
La gran mayoría del bosque dentro de la Zona Norte del Parque Nacional Los Glaciares está zonificado dentro de la categoría 1, la categoría de más alta protección establecida por la Ley Nacional N° 26.331 de Bosques Nativos.

La Ley Nacional N° 26.331, sancionada en 2007, establece los presupuestos mínimos para la protección ambiental de los bosques nativos en Argentina. Esta ley obliga a cada provincia a realizar un Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos (OTBN), clasificando los bosques en tres categorías de conservación:
Categoría I (Rojo): Bosques de muy alto valor de conservación que no deben transformarse.
Categoría II (Amarillo): Bosques de alto valor de conservación que pueden ser utilizados bajo criterios de manejo sostenible.
Categoría III (Verde): Bosques con menor valor de conservación donde se permiten transformaciones, siempre que se realicen bajo planes de manejo adecuados
En el Anexo 1 de la Actualización del Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos (OTBN) de la provincia de Santa Cruz, enmarcado en el artículo 6 de la Ley No 26.331 de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental de los Bosques Nativos, podemos encontrar a la superficie de bosque protegida dentro de la Provincia:

Según el mismo anexo, la ley tiene los siguientes objetivos:
a) Promover la conservación mediante el Ordenamiento Territorial de los bosques nativos y la regulación de la expansión del cambio de uso del suelo.
b) Implementar las medidas necesarias para regular y controlar la disminución de la superficie de bosques nativos existentes.
c) Mejorar y mantener los procesos ecológicos y culturales en los bosques nativos que beneficien a la sociedad;
d) Hacer prevalecer los principios precautorio y preventivo, manteniendo bosques nativos.
e) Fomentar las actividades de enriquecimiento, conservación, restauración, mejoramiento y manejo sostenible de los bosques nativos.
Las posibilidades de derogación a la categoría 1 son muy estrictas - se justifican únicamente si el proyecto es de interés público muy significativo, sin posibilidad de alternativa y esencial para el desarrollo del país. Actualmente, la APN no publicó ningún estudio relevante permitiendo determinar los fundamentos del desmonte y su potencial alcance en el marco del Master Plan.
La brigada de sendas en el PNLG: de la cooperación internacional a la falta de apoyo institucional
Trás videos institucionales publicados en las redes sociales del presidente de APN indicando que fomenta un proyecto innovador de cooperación con técnicos de Estados Unidos, cabe recordar el historial de constitución de la brigada de sendas dentro de la Zona Norte del Parque Nacional Los Glaciares.
En el 2008, se realizó un intercambio con el Parque Nacional Grand Teton y personal del área protegida, con la mediación y apoyo de Rolando Garibotti. Él nos relata que,
“En inicio de 2008 vino a la zona el jefe de sendas de Grand Teton National Park para hacer una evaluación de la zona. Poco después, en 2008 y 2009, vinieron primero 5 y luego 6 especialistas en sendas del mismo parque a trabajar en la zona, estando un mes y medio cada vez. En su segunda visita se dictó un curso de nueve días del cual participaron 17 empleados de APN. Contemporáneamente, se firmó un acuerdo de colaboración con Gran Teton National Park, que permitió que varios brigadistas (tres al menos) de la seccional lago Viedma realicen pasantías en ese parque para seguir perfeccionándose. Ellos fueron los encargados de seguir adelante con la brigada de sendas local."
Más detalles de 2008/09 en http://www.fieldnotes.pataclimb.com/

A raíz de esta capacitación, “la Brigada de Sendas se creó por resolución interna en el año 2010, debido a la necesidad de trabajo específico de mantenimiento de senderos dentro del PNLG a causa del incremento de visitantes y la erosión observada en varios tramos de los senderos principales Fitz Roy y Torre" (Tesis doctoral de Sabrina Piccone)
La conformación de la brigada de sendas, la primera del país, constituyó un hito de conservación. Sin embargo, a lo largo de los años, la falta de recursos adecuados y de reconocimiento por parte de la Administración de Parques Nacionales impidió consolidar el trabajo de la brigada de sendas.
Actualmente, la Zona Norte no cuenta con personal capacitado para llevar a cabo tareas de mantenimiento de sendas, generando dependencia hacia otros actores y debilitando la capacidad de gestión interna de la administración a cargo. Además, según planteos actuales de la Administración, se considera no depender de administradores del estado para el mantenimiento de la senda. Sin embargo, La IUCN, en sus Guidelines for Protected Area Legislation, subraya que las áreas protegidas deben ser gestionadas de manera autónoma, con transparencia y en beneficio del bien común, evitando depender de intereses privados.
Confiar únicamente en el sector privado para la gestión podría generar conflictos de interés que perjudiquen la conservación a largo plazo. Es esencial que el personal capacitado dentro de las administraciones públicas sea el responsable de tomar decisiones basadas en los valores ecológicos y las normativas nacionales e internacionales, sin ceder a presiones externas.
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